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Plazo de cambio de empresas Unipersonales a Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)

Se establece un sistema de exención tributaria temporal para la transformación de empresas Unipersonales a Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).


La exención por la transferencia de actividad a una Sociedad por Acciones Simplificadas incluye los siguientes impuestos:

  • El IRAE, o en su caso el IRPF resultante de la transferencia de los bienes, derechos y obligaciones relacionados con la actividad cuyo negocio se transfiere,

  • El IVA aplicable sobre la circulación de bienes derivada de la transferencia a título universal de los bienes, derechos y obligaciones relacionados con la actividad cuyo giro se transfiere,

  • y elITP de la parte vendedora y compradora en caso de que se transfieran bienes inmuebles.


La exención está condicionada a:

  • Que el titular de la actividad gravada que se transfiere a la SAS se encuentre al día con sus obligaciones frente a DGI y BPS.

  • Que la transferencia se realice a título gratuito, o en su caso como integración de capital donde la única contraprestación sea la emisión y entrega de acciones de la SAS.

  • El mantenimiento total del paquete accionario por un término no menor a dos años. Por el contrario (en caso de que se transfiera total o parcialmente el paquete accionario en un plazo anterior al término de dos años) quien se haya beneficiado de las exoneraciones deberá re-liquidar todos los tributos aplicables sobre la transferencia y abonarlos a la DGI dentro del mes siguiente al de la causal que motive la pérdida de la exoneración.


Plazo

  • El plazo para la referida exoneración es de 12 meses, el cual se contará a partir del 1º de enero de 2020.

  • El plazo para la realización de dicha conversión con dichos beneficios tributarios vence el 31 de diciembre de 2020. La Unipersonal deberá facturar los bienes objeto de la conversión a la SAS antes de dicha fecha. Para ello es necesario contar con el número de RUT de la SAS.

  • Las conversiones que se documenten con posterioridad a dicha fecha no contarán con los beneficios previstos en la normativa mencionada.

  • Esta exención no aplicará para empresas individuales con actividad rural.


Si desea obtener más información sobre las ventajas y aplicación de la conversión de Unipersonales a SAS contáctenos que nuestro equipo de Profesionales puede ayudarlo.



Plazo de cambio de empresas Unipersonales a Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)

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